EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CORONEL DE MARINA LEONARDO ROSALES SANCIONA LA SIGUIENTE

ORDENANZA 3005 

 

ARTICULO 1: Establecer en el ámbito del Partido de Coronel Rosales, la obligación de realizar y aprobar un curso de capacitación para técnicos de la actividad de fútbol infantil pertenecientes a instituciones que no dependan de la Liga del Sur

ARTICULO 2: El curso de capacitación citado en el artículo anterior, sus lineamientos, contenidos, duración, organización y desarrollo, estarán a cargo de la Dirección de Deportes del Municipio de Coronel Rosales y/o el área que en el futuro desarrolle sus funciones, conjuntamente con las autoridades de las distintas Organizaciones de Fútbol Infantil, debidamente reconocidas.

ARTICULO 3: Toda aquella persona que se encuentra a la fecha de sanción de la presente ejerciendo tareas como Técnico de Fútbol  Infantil, tendrá un plazo de un (1) año para adecuarse a las previsiones contenidas en la misma. 

ARTICULO 4: El Departamento Ejecutivo deberá instrumentar a través de la Dirección de Deportes del Municipio y/o el área que en el futuro desarrolle sus funciones, el curso previsto en la presente en un plazo de 120 días a partir de la promulgación de esta Ordenanza.
                               
ARTICULO 5: Facúltese al el Departamento Ejecutivo a realizar las adecuaciones presupuestarias pertinentes a fin de instrumentar el curso de capacitación para la actividad de fútbol infantil que por el presente se regula.

ARTICULO 6: Regístrese, Comuníquese, Dése al Boletín Municipal, Hecho, Archívese.

 

SANCIONADA POR EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE CORONEL DE MARINA LEONARDO ROSALES EN SESION ORDINARIA CELEBRADA A LOS VEINTISEIS DIAS DEL MES DE OCTUBRE DEL AÑO DOS MIL SEIS.