EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CORONEL DE MARINA LEONARDO ROSALES HA SANCIONADO CON FUERZA DE
ORDENANZA 2919
Articulo 1º: Otórgase a las siguientes entidades gremiales con asiento en este Distrito: Asociación Trabajadores del Estado Punta Alta, Sindicato de Luz y Fuerza de Punta Alta, PECIFA, Sindicato de Empleados Municipales, Sindicato de Empleados de Comercio, SOEME, SUTEBA y APCJ, en conjunto y en igualdad de condiciones, el derecho de uso y ocupación, para su explotación integral, por el término de treinta (30) años, con opción a prórroga por diez (10) años más del inmueble ubicado en la localidad de Pehuén-Có del Partido de Coronel de Marina Leonardo Rosales y que se individualiza como: Circunscripción VII, Sección A, Manzana 91, Partida Nº 8356, que cuenta con una superficie total de dieciséis mil setecientos treinta y ocho metros cuadrados con veintidós centímetros (16.738,22 m2).
Articulo 2º: Autorízase al Departamento Ejecutivo a suscribir, dentro del término de diez días corridos de sancionada la presente, con las entidades mencionadas en el artículo anterior, el Convenio que como Anexo I forma parte integrante de la presente, debiendo también formar parte del mismo el plano de mensura y división del predio que se otorga, el que será confeccionado por el área municipal competente en la materia.
Articulo 3º: A los efectos de la firma del Convenio mencionado en el artículo anterior, facúltase al Departamento Ejecutivo a efectuar en el texto del mismo, las adecuaciones necesarias solo y especialmente para el caso que existan, antes de la firma del mismo, modificaciones en las personas de los representantes de los gremios mencionados en el artículo 1º de la presente por efecto de cambio de autoridades. Idéntica facultad asistirá para el caso de que alguna y/o algunas de las entidades gremiales mencionadas en la presente expresen por escrito su voluntad de no formar parte del acuerdo a firmarse.
Articulo 4º: El término establecido en el artículo primero de la presente comenzará a correr a partir de la fecha de rúbrica del convenio mencionado en la presente.
Artículo 5º: Facúltase al Departamento Ejecutivo a efectuar las adecuaciones contables, presupuestarias y patrimoniales que sean precisas en la aplicación de la presente ordenanza.
Articulo 6º: Regístrese, Comuníquese, Dése al Boletín Municipal, Hecho, Archívese.
SANCIONADO POR EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CORONEL DE MARINA LEONARDO ROSALES EN SESION ORDINARIA CELEBRADA A LOS ONCE DIAS DEL MES DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL CUATRO.