EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE HA SANCIONADO CON FUERZA DE
ORDENANZA Nº 2.619
Artículo 1°: Facúltase al Departamento Ejecutivo Municipal a suspender, en la oportunidad y por el plazo de ciento ochenta (180) días, la habilitación que regula la Ordenanza N° 2584, respecto de vehículos destinados al servicio de remis.
Artículo 2°: Regístrese, Comuníquese, Dése al Boletín Municipal, Hecho, Archívese.
SANCIONADA POR ESTE HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE EN SESION ORDINARIA CELEBRADA A LOS TRECE DIAS DEL MES DE NOVIEMBRE DE MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y SIETE.