EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE HA SANCIONADO CON FUERZA DE
ORDENANZA Nº 2.510 (VETADA)
Artículo 1º: Modifícase el Artículo 3º de la Ordenanza Nº 2.466, Anexo II, Sueldos Básicos, fijándose a partir del 1º de enero del corriente año, para el personal de Auxiliares de Bloque que componen este Honorable Concejo Deliberante, un básico de $ 527,26.
Artículo 2º: Facúltase al Departamento Ejecutivo a modificar el Presupuesto en las Partidas correspondientes a los efectos de dar cumplimiento a la presente Ordenanza.
Artículo 3º: Regístrese, Comuníquese, Dése al Boletín Municipal, Hecho, Archívese.
SANCIONADA POR ESTE HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE EN SESIÓN ORDINARIA CELEBRADA A LOS VEINTITRES DIAS DEL MES DE MARZO DE MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y CINCO.