EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE HA SANCIONADO CON FUERZA DE
ORDENANZA Nº 2.309
Artículo 1º: Declárase de Interés Público Municipal, las tareas a desarrollar en nuestro Distrito por la Unión Antitabáquica Punta Alta (U.A.P.A.)
Artículo 2º: Impútense los gastos que demande la instrumentación de la presente Ordenanza en la Partida correspondiente del Cálculo de Gastos y Recursos del Ejercicio 1992.
Artículo 3º: Regístrese, Comuníquese, Dése al Boletín Municipal, Hecho, Archívese.
SANCIONADA POR ESTE HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE EN SESIÓN ORDINA-RIA CELEBRADA A LOS VEINTICINCO DIAS DEL MES DE JUNIO DE MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y DOS.